lunes, 24 de febrero de 2014

697.- 7 cosas sorprendentes que pasan en un estado aconfesional como España

7 cosas sorprendentes que pasan en un estado aconfesional como España


Publicado: 23/02/2014 huffingtonpost



¿Es normal que todo eso suceda en un país teóricamente aconfesional como España? Un grupo de siete expertos consultados por El Huffington Post coinciden en señalar que la clave para saberlo se encuentra en el artículo 16 de la Constitución, en el que se dice que en el país "ninguna confesión tendrá carácter estatal".

En otras palabras: España es un país aconfesional, entendido como sinónimo de laico, aseguran. "Estos estados se caracterizan por tender a la separación entre Iglesia y Estado y por ser neutrales respecto a las religiones", explica Alejandro Torres, profesor de derecho eclesiástico de la Universidad Pública de Navarra.

Los matices sobre hasta qué punto debe llegar esa aconfesionalidad y neutralidad del estado Español vienen por la segunda parte del mismo artículo de la Constitución, que señala que los poderes mantendrán "relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".

Jaime Bonet, profesor de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Valencia, indica que de todo ello se desprende que España es un país laico de "separación mitigada" entre Iglesia y Estado porque debe "cooperar" con las religiones. De ahí los acuerdos que España firmó en 1979 con la Santa Sede. El otro grupo, dentro de los aconfesionales, lo formarían los países "laicistas o de separación absoluta", cuyo ejemplo más cercano es Francia.

Pero, ¿qué significa en hechos concretos esa "separación mitigada"? El grupo de expertos analiza si algunos comportamientos que se dan en España son normales en un Estado aconfesional o laico.

1-. EL CRUCIFIJO EN LAS JURAS DE CARGOS

Rajoy y todos sus ministros optaron por jurar (y no por prometer) su cargo. Todos excepto Luis de Guindos y Soraya Sáenz de Santamaría lo hicieron primero con la mano sobre la Biblia, y no sobre la Constitución, y en todo el acto se mantuvo un crucifijo sobre la mesa. ¿Normal? Los expertos coinciden en señalar que no.




"No tendría que estar presente ningún símbolo religioso y menos que los católicos juren con la mano en la Biblia y el resto en la Constitución. Todos los cargos públicos deben comprometerse a cumplir sus funciones con la mano en la Constitución", asegura José Antonio Rodríguez García, profesor de Derecho Eclesiástico de la Universidad Rey Juan Carlos, quien argumenta que los cargos que manifiestan su fe católica indican que esa fe "está por encima de la propia Constitución".

Javier Oñate, sacerdote y director del Instituto Diocesano de Teología y Pastoral de Bilbao, no ve "mal" que se jure sobre la Biblia porque, argumenta, juran sobre lo que para ellos son "los principios más importantes", pero matiza que es mejor "ser prudente" y "no mezclar las esferas" debido a la "Historia de la que venimos", en la que "ha habido demasiados malentendidos, equívocos, mezclas y manipulaciones".

2-. ENCOMENDARSE A LA VIRGEN

Los expertos también coinciden en señalar que los ministros no tienen prohibido tener creencias religiosas, pero subrayan que encomendarse en público a las vírgenes y a los santos no es lo más adecuado.



"El problema está cuando sus creencias religiosas traspasan la frontera y pasan a formar parte de la gestión pública", incide Rodríguez García, quien afirma que "lo que está prohibido es que un ministro del Gobierno de España se comporte como un ministro de culto, en este caso, católico, invocando a la divinidad para que solucione los problemas".

Oñate añade que, además, la invocación de las divinidades puede ofender a todos. "Ese tipo de alusiones a los que somos creyentes nos ofenden porque pensamos que la virgen del Rocío no tiene nada que ver con el empleo. Y a un no creyente o le da para risa o para enfado".

(Sigue leyendo después del vídeo...)


3. LA 'X' A FAVOR DE LA IGLESIA EN LA DECLARACIÓN

La mayor parte de los expertos coinciden en señalar que la 'x' a favor de la Iglesia Católica en la declaración es otra anomalía dentro del estado aconfesional. "El Estado ya no puede confundir, como antaño, sus fines y objetivos con los de ninguna comunidad religiosa", explica Salvador Pérez, profesor de Derecho de la UNED.

Pérez subraya, además, que la recaudación a través del sistema de asignación tributaria en el IRPF sólo existe a favor de la Iglesia católica, y no de otras religiones.

José Antonio Rodríguez, de la Rey Juan Carlos, asegura que sólo con la supresión de los gastos religiosos de los presupuestos de las Administraciones públicas "se dejaría de vulnerar la libertad de conciencia" porque "se está coaccionado a los ciudadanos mediante la obligación de contribuir a gastos propios de las confesiones y que son totalmente ajenos a los fines públicos".

(Sigue leyendo después del vídeo...)


4-. LA IGLESIA, EXENTA DE PAGAR EL IBI

En este aspecto, los expertos no se ponen de acuerdo, pero la mayoría admite que es lógico que la Iglesia esté exenta de pagar el IBI teniendo en cuenta que España debe "cooperar" con las distintas confesiones.

"No sería normal si España fuera un Estado laicista, de separación absoluta. Hay que recordar que no sólo ciertas propiedades de la Iglesia católica está exentas del IBI, sino también lo están los lugares de culto, residencia y enseñanza de judíos, evangélicos y protestantes", subraya Jaime Bonet, de la Universidad de Valencia. De hecho, explican los expertos, lo que no podría hacer el Estado es permitir la exención a una confesión religiosa y a otras no.

5-. RELIGIÓN EN LA ESCUELA PÚBLICA

Los expertos señalan que la religión en la escuela pública es uno de los asuntos más "complejos". Alfredo García, Catedrático de Derecho en la Universidad San Pablo CEU, explica que la enseñanza de religión responde a un compromiso del Estado con la Santa Sede de 1979 que "plantea algunas dudas de inconstitucionalidad" y que sería "claramente inconstitucional" si no se permitiera en la escuela pública la enseñanza de otras religiones.

¿De dónde vienen esas "dudas de inconstitucionalidad"? García lo explica: "Por un lado, parece que no debería ser misión de la escuela pública la enseñanza religiosa y, por otro, que no debería contar para nota". Por eso, cree que habría que modificar el Acuerdo y asegura que, en su opinión, no habría problema para que el Estado subvencionara, parcial o totalmente, la enseñanza de religión "en lugares pertenecientes a las distintas confesiones religiosas."

(Sigue leyendo después del vídeo...)


6-. MISAS FUNERALES CATÓLICAS

Una de las últimas polémicas sobre este asunto se produjo tras el accidente de tren de Santiago, cuando la catedral de la ciudad acogió una celebración católica por las víctimas a la que no asistió el BNG tras proponer un "funeral civil".

Alfredo García no ve ningún problema en este sentido "siempre que exista la posibilidad de que se puedan celebrar en otros casos funerales de otras religiones porque así lo pidan los familiares".

Francisco Díez de Velasco, experto en Historia de las Religiones de la Universidad La Laguna, señala en el mismo sentido: "La clave es la opción por reflejar la pluralidad de creencias en España. La opción de futuro en mi opinión es justamente tender a compartir el protagonismo religioso en un contexto tan especial como son los funerales de Estado".

7-. CRUCIFIJOS EN EDIFICIOS PÚBLICOS

La respuesta mayoritaria es que en un país como España no debería haber crucifijos en los edificios públicos, incluidas las escuelas públicas. "Es contrario al principio de laicidad porque propicia la confusión entre los fines religiosos y los fines públicos", explica Salvador Pérez, profesor de la UNED.

Pérez añade que la presencia de crucifijos puede, además, provocar "una cierta desigualdad respecto al resto de creencias e incluso afectar a la libertad de quienes no profesan ninguna fe religiosa".

No hay comentarios:

Publicar un comentario